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Ley para la recuperación y reactivación económica de la micro y pequeña empresa

Actualizado: 3 jun 2022

Mediante el decreto No. 48-2022 se publicó “Ley para la recuperación y reactivación económica de la micro y pequeña empresa” │ Carlos Galindo analiza las principales novedades de la ley y sus incentivos fiscales para las pymes en Honduras.


A través de la ley, el estado busca promover y a su vez aumentar el desarrollo económico y social del país, con la publicación de la esta norma se generan condiciones que contribuyen a la generación de empleo mediante incentivos fiscales y regulatorios a las pymes, lo que permitirá fortalecer los nuevos emprendimientos y micro y pequeñas empresas ya existentes.


El objetivo de la ley es la generación de empleo, por lo cual a través de esta ley se otorgan beneficios e incentivos fiscales a las pymes, como la exoneración de impuestos, tasas no tributarias, sobretasas y derechos entre otros beneficios.


¿Quiénes pueden acogerse a la ley?


Hay tres tipos de beneficiarios de la ley para la recuperación y reactivación económica de la micro y pequeña empresa.


Los primeros son las micros y pequeñas empresas (PYMES) que se constituyan a través esta ley, para esto las nuevas pymes pueden formalizarse a través de dos medios, el primero a través de un Notario Publico quien realizara una Escritura Pública, o a través del portal de mi empresa en línea, en donde podrán formalizarse y obtener un “Contrato Societario” el cual es un documento equivalente a la escritura pública.

Los segundos beneficiarios son aquellas pymes que han operado de manera informar, estos podrán formalizar su negocio a través de los dos medios mencionados anteriormente.


Los terceros beneficiarios son aquellas pymes que ya se encuentran formalizadas y que iniciaron operaciones dentro de los cinco (5) años anteriores a la entrada en vigencia de la ley es decir del 26 de mayo del 2022.


Estas últimas deberán cumplir algunos requisitos para acogerse a los beneficios de la ley, como el aumento mínimo de un veinte por ciento (20%) de la planilla, dicho aumento de planilla deberá demostrarlo a través de la planilla inscrita en el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS).


Todas las pymes que se adhieran a dicho régimen, obtendrán un “Certificado de Beneficiario” el cual será emitido por el Servicio Nacional de Emprendimiento y Pequeños Negocios (SERPRENDE).


Los no beneficiarios


La Ley para la recuperación y reactivación económica de la micro y pequeña empresa tiene algunas excepciones, como ser aquellos que no pueden acogerse a dicha ley:

  • Los profesionales independientes;

  • Las personas naturales que ya forman parte de otra sociedad dedicada a una actividad igual;

  • Las personas jurídicas que tengan accionistas, socios o participantes que ya forman parte de otra sociedad dedicada a una actividad igual;

  • Las pymes que incluyan en su participación social a personas jurídicas;

  • Las pymes con ingresos brutos mayores a doce millones en el periodo fiscal anterior;

  • Las pymes que ya gocen de los beneficios del Decreto No. 145-2018.


Beneficios Fiscales


Las pymes que se acojan a la ley obtendrán los siguientes beneficios fiscales:

Beneficios

​Año 1

​Año 2

​Año 3

​Año 4

​Año 5

​Exención ISR 100%

X

X

X

​Exención ISR 50%

X

X

​Exención del Impuesto al Activo Neto

X

X

X

X

X

Exención de la Aportación Solidaria

X

X

X

X

X

​Anticipos del 1%

X

X

X

X

X

Anticipos del 12.5%

X

X

X

X

X

Depreciaciones y amortizaciones

X

X

X

​Exención del Impuesto sobre Industria, Comercio y Servicio

X

X

X

​Exención de tasas no tributarias, sobretasas y derechos por permisos y licencias

X

X

X

De las obligaciones de los beneficiarios


Los beneficiarios que se acogen a dicho régimen, deberán cumplir con algunas obligaciones como las siguientes:

  • Tramitar sus permisos, licencias nacionales y municipales para su operación;

  • Cumplir con las obligaciones en materia tributaria y municipal;

  • Acreditar ante SERPRENDE la cantidad de empleo generado durante el tiempo que goce de los beneficios, a través de un informe anual.

La Ley para la recuperación y reactivación económica de la micro y pequeña empresa entro en vigencia el 26 de mayo del 2022 y tendrá una vigencia de 12 meses para que las pymes puedan acogerse a dicho régimen.


Para más información sobre cómo esta novedad puede afectar a tu operación o inversión en Honduras, el equipo Galindo & Asociados está a tu disposición.







Carlos Galindo

Socio de Impuestos

carlos@galindoyasociados.com



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